Cittadinanza Italiana per “Beneficio di Legge” por CALLEGARI & PARTNERS CONSULTING

⚖️ Contexto general

Hasta el 31 de marzo 2025 los menores de edad (descendientes de italianos) nacidos fuera de Italia nacian automáticamente con el derecho a la ciudadanía italiana iure sanguinis, siempre que uno de los ascendientes fuera italiano.

Sin embargo, con la entrada en vigor de la Legge n. 74/2025 (que modifica la Legge n. 91/1992), esta transmisión automática dejó de aplicarse, especialmente cuando el menor ya posee otra nacionalidad.

👉 Actualmente ya no se transmite automáticamente la ciudadanía italiana a hijos nacidos en el extranjero con doble nacionalidad; ahora el proceso requiere una declaración formal de voluntad y el cumplimiento de requisitos legales más estrictos.

📘 ¿Qué cambia con la nueva normativa?

Antes de 2025, el reconocimiento de la ciudadanía a menores era un acto basado exclusivamente en demostrar la línea de descendencia italiana. El derecho era automático y los consulados simplemente procedian a reconocerlo.

Con la reforma actual:

  • El menor ya no se considera ciudadano por nacimiento (iure sanguinis).
  • Solo puede adquirir la ciudadanía italiana “per beneficio di legge”, a través de una solicitud formal, firmada por los padres o tutores ante el Consulado italiano.
  • La ciudadanía entra en vigor el día siguiente a la declaración de voluntad, no desde el nacimiento.
  • El plazo de esta modalidad transitoria vence el día 31 de Mayo de 2026.

Por tanto, el proceso es más complejo y requiere acción expresa por parte de los padres, con plazos y condiciones específicas.

📗 Primer caso: Art. 4, comma 1-bis, Legge n. 91/1992

Este supuesto aplica cuando:

  1. Uno de los padres es ciudadano italiano por nacimiento (no por naturalización ni por matrimonio ni ninguna otra modalidad).
  2. Ambos padres o el tutor legal presentan una declaración formal de voluntad de adquisición de la ciudadanía dentro del primer año de vida del menor, o dentro del año posterior a la adopción o reconocimiento de filiación.
  3. Si el menor reside legalmente en Italia, la declaración puede presentarse incluso después del año, siempre que permanezca al menos dos años consecutivos en el país tras la presentación.
  4. La declaración debe realizarse personalmente ante un funcionario consular con funciones de Stato Civile.

📙 Segundo caso: Art. 1, comma 1-ter, Legge n. 74/2025

Este caso se aplica a menores:

  • Que no hayan cumplido 18 años al dia 24 de mayo de 2025, y
  • Sean hijos de ciudadanos italianos por nacimiento o que hayan solicitado el reconocimiento de ciudadanía (administrativamente o por vía judicial) antes del 27 de marzo de 2025.

📅 La declaración de los padres o tutores debe realizarse antes del 31 de mayo de 2026.
Si el menor alcanza la mayoría de edad antes de esa fecha, podrá presentarla personalmente dentro del mismo plazo.

💶 Contribución obligatoria

Para cada menor, se debe abonar una tasa administrativa de €250 al Ministero dell’Interno:

Beneficiario: Ministero dell’Interno D.L.C.I. Cittadinanza
Banco: Poste Italiane S.p.A.
IBAN: IT54D0760103200000000809020
SWIFT/BIC: BPPIITRRXXX
Causale: Acquisto cittadinanza ex art. [ inserire articolo pertinente ] – Nombre y apellido del menor

Las transferencias internacionales deben hacerse en euros indicar status enviado y no en proceso y deberan tener sello y firma del funcionario del Banco, indicando claramente nombre y apellido y cargo.

🗂️ Documentación requerida

Toda la documentación debe cargarse en el portal Fast-It y presentarse posteriormente en el Consulado italiano competente.

📄 Documentos generales

  • Autocertificación firmada.
  • Copia del DNI (frente y dorso) o cedula, según el país, de ambos padres y del menor en 1 solo folio.
  • Comprobante de residencia dentro de la circunscripción consular.
  • Recibo del pago de €250 por cada menor.

👶 Documentos del menor

  • Acta o partida de nacimiento, apostillada y traducida al italiano. Doble apostillada en caso de terceros paises.
  • Sentencias judiciales (si aplica): adopción o reconocimiento.
    Deben ser originales, integrales, apostilladas y traducidas.
  • Instancia de transcripción debidamente firmada.

🖥️ Procedimiento paso a paso

  1. Registrarse en Fast-It (crear o actualizar la ficha anagráfica / inscripción AIRE).
  2. Enviar un correo al Consulado competente con:
    • Nombre y apellido del menor.
    • Código de solicitud generado por Fast-It.
    • Acta de nacimiento adjunta.
  3. Recibir el “Codice Pratica”.
  4. Solicitar turno en Prenot@mi, servicio “Acquisto cittadinanza per beneficio di legge”.
  5. Presentarse en el Consulado con toda la documentación y ambos padres (o el solicitante si ya es mayor de edad).

Para mayores informaciones y guiatura profesional agenda una consulta ya con la Dra. Callegari que con mucho gusto atenderemos tu consulta.

Categories:

Tags:

One response

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *