Cittadinanza Italiana per “Beneficio di Legge” por CALLEGARI & PARTNERS CONSULTING
⚖️ Contexto general
Hasta el 31 de marzo 2025 los menores de edad (descendientes de italianos) nacidos fuera de Italia nacian automáticamente con el derecho a la ciudadanía italiana iure sanguinis, siempre que uno de los ascendientes fuera italiano.
Sin embargo, con la entrada en vigor de la Legge n. 74/2025 (que modifica la Legge n. 91/1992), esta transmisión automática dejó de aplicarse, especialmente cuando el menor ya posee otra nacionalidad.
👉 Actualmente ya no se transmite automáticamente la ciudadanía italiana a hijos nacidos en el extranjero con doble nacionalidad; ahora el proceso requiere una declaración formal de voluntad y el cumplimiento de requisitos legales más estrictos.
📘 ¿Qué cambia con la nueva normativa?
Antes de 2025, el reconocimiento de la ciudadanía a menores era un acto basado exclusivamente en demostrar la línea de descendencia italiana. El derecho era automático y los consulados simplemente procedian a reconocerlo.
Con la reforma actual:
- El menor ya no se considera ciudadano por nacimiento (iure sanguinis).
- Solo puede adquirir la ciudadanía italiana “per beneficio di legge”, a través de una solicitud formal, firmada por los padres o tutores ante el Consulado italiano.
- La ciudadanía entra en vigor el día siguiente a la declaración de voluntad, no desde el nacimiento.
- El plazo de esta modalidad transitoria vence el día 31 de Mayo de 2026.
Por tanto, el proceso es más complejo y requiere acción expresa por parte de los padres, con plazos y condiciones específicas.
📗 Primer caso: Art. 4, comma 1-bis, Legge n. 91/1992
Este supuesto aplica cuando:
- Uno de los padres es ciudadano italiano por nacimiento (no por naturalización ni por matrimonio ni ninguna otra modalidad).
- Ambos padres o el tutor legal presentan una declaración formal de voluntad de adquisición de la ciudadanía dentro del primer año de vida del menor, o dentro del año posterior a la adopción o reconocimiento de filiación.
- Si el menor reside legalmente en Italia, la declaración puede presentarse incluso después del año, siempre que permanezca al menos dos años consecutivos en el país tras la presentación.
- La declaración debe realizarse personalmente ante un funcionario consular con funciones de Stato Civile.
📙 Segundo caso: Art. 1, comma 1-ter, Legge n. 74/2025
Este caso se aplica a menores:
- Que no hayan cumplido 18 años al dia 24 de mayo de 2025, y
- Sean hijos de ciudadanos italianos por nacimiento o que hayan solicitado el reconocimiento de ciudadanía (administrativamente o por vía judicial) antes del 27 de marzo de 2025.
📅 La declaración de los padres o tutores debe realizarse antes del 31 de mayo de 2026.
Si el menor alcanza la mayoría de edad antes de esa fecha, podrá presentarla personalmente dentro del mismo plazo.
💶 Contribución obligatoria
Para cada menor, se debe abonar una tasa administrativa de €250 al Ministero dell’Interno:
Beneficiario: Ministero dell’Interno D.L.C.I. Cittadinanza
Banco: Poste Italiane S.p.A.
IBAN: IT54D0760103200000000809020
SWIFT/BIC: BPPIITRRXXX
Causale: Acquisto cittadinanza ex art. [ inserire articolo pertinente ] – Nombre y apellido del menor
Las transferencias internacionales deben hacerse en euros indicar status enviado y no en proceso y deberan tener sello y firma del funcionario del Banco, indicando claramente nombre y apellido y cargo.
🗂️ Documentación requerida
Toda la documentación debe cargarse en el portal Fast-It y presentarse posteriormente en el Consulado italiano competente.
📄 Documentos generales
- Autocertificación firmada.
- Copia del DNI (frente y dorso) o cedula, según el país, de ambos padres y del menor en 1 solo folio.
- Comprobante de residencia dentro de la circunscripción consular.
- Recibo del pago de €250 por cada menor.
👶 Documentos del menor
- Acta o partida de nacimiento, apostillada y traducida al italiano. Doble apostillada en caso de terceros paises.
- Sentencias judiciales (si aplica): adopción o reconocimiento.
Deben ser originales, integrales, apostilladas y traducidas. - Instancia de transcripción debidamente firmada.
🖥️ Procedimiento paso a paso
- Registrarse en Fast-It (crear o actualizar la ficha anagráfica / inscripción AIRE).
- Enviar un correo al Consulado competente con:
- Nombre y apellido del menor.
- Código de solicitud generado por Fast-It.
- Acta de nacimiento adjunta.
- Recibir el “Codice Pratica”.
- Solicitar turno en Prenot@mi, servicio “Acquisto cittadinanza per beneficio di legge”.
- Presentarse en el Consulado con toda la documentación y ambos padres (o el solicitante si ya es mayor de edad).
Para mayores informaciones y guiatura profesional agenda una consulta ya con la Dra. Callegari que con mucho gusto atenderemos tu consulta.
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